Como asesoría contable en Zaragoza queremos aprovechar este blog para ir aclarándote conceptos relacionados con nuestra labor profesional. En esta publicación nos vamos a centrar en el Impuesto de Sociedades.
Se trata de un impuesto que afecta a las personas jurídicas, es decir, sociedades, asociaciones, fundaciones, etc. También afecta a los entes sin personalidad jurídica que se consideren sujetos pasivos como es el caso de un fondo de inversión o una unión temporal de empresas (UTE). En RBR Asesores te recordamos que si las personas físicas contribuyen a través del IRPF, estos entes lo hacen a través del Impuesto de Sociedades. Es por lo tanto un complemento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el marco de un sistema tributario sobre la renta.
En cuanto a su naturaleza, se trata de un impuesto directo y personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas. ¿Por qué es directo? Porque grava la renta como manifestación directa de la capacidad económica del sujeto pasivo. ¿Y por qué es personal? Porque contempla las circunstancias particulares de cada contribuyente para concretar la cuantía de la prestación tributaria que tiene que asumir. Como asesoría contable en Zaragoza resolveremos todas las dudas que tengas sobre este tributo. Un impuesto regido por el Artículo 1 del TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004, de 05 de marzo de 2004. Se aplica en todo el territorio español, sin afectar a los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico del País Vasco y Navarra.